La Asamblea General

· Naturaleza y Composición
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y está integrada por todos los asociados.

· Reuniones
Las reuniones de la Asamblea General son ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebra una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio; las extraordinarias se celebran cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente/a, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una tercera parte de los asociados.

· Convocatorias
Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizan por escrito única y exclusivamente por el Presidente de la Junta Directiva expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar al menos diez días, pudiendo así mismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a una hora. La convocatoria podrá ser por correo electrónico o tradicional a las direcciones indicadas por los Asociados.

· Adopción de Acuerdos
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ellas un tercio de los asociados con derecho a voto y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes o representadas cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos nulos, en blanco, ni las abstenciones. Será necesaria la mayoría cualificada de las personas presentes o  representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de estas, para la:
· Disolución de la Entidad.
· Modificación de Estatutos, incluido el cambio de domicilio social.
· Disposición o enajenación de bienes integrantes del Inmovilizado.
· Remuneración de los miembros de la Junta Directiva.

· Facultades
Son facultades de la Asamblea General:
· Aprobar la gestión de la Junta Directiva.
· Examinar y aprobar las cuentas anuales.
· Elegir a los miembros de la Junta Directiva.
· Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
· Aprobar la disolución de la Asociación.
· Modificar los Estatutos, incluido el cambio de domicilio social.
· Aprobar, en su caso, la remuneración de los miembros de la Junta Directiva.